miércoles, 31 de octubre de 2012

Particularidades de la notificación tributaria

Las notificaciones en materia tributaria son similares a las administrativas, pero con ciertas particularidades, como así establece el artículo 109 de la Ley 58/2003, General Tributaria. Conocer esta información nos puede ayudar en casos de notificaciones mal realizadas por parte de la Agencia Tributaria, de cualquier Oficina Liquidadora o cualquier organismo relacionado con este ámbito.

En un principio, las primeras notificaciones que pueda recibir un afectado son totalmente similares a las administrativas, en el sentido de que deberán realizarse en el lugar señalado por el interesado (en los procedimientos iniciados por el mismo), o en el domicilio fiscal (en los procedimientos iniciados de oficio). En este último caso también podrán realizarse en el lugar de trabajo, en el que se desarrolle la actividad económica o en cualquier otro adecuado a tal fin.

También encontramos similitudes en los casos en que no se pueda entregar la comunicación o notificación al interesado o afectado, pudiendo recibirla cualquier persona que se encuentre en el domicilio señalado, mostrando cualquier documentación que acredite sus datos personales.

Pero, en el caso de no poder contactar por cualquiera de los medios mencionados, el artículo 112 de la Ley referida en la entradilla permitirá al organismo poder realizar las notificaciones por comparecencia, eligiendo una de las siguientes opciones:

- En primer lugar, se permitirá realizar las notificaciones por medio de la sede electrónica del organismo que está intentando ponerse en contacto con el interesado o perjudicado.

- Por otra parte, podrá realizarse la notificación por medio de publicación en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma,  debiendo hacerse los días cinco y veinte de cada mes, o el inmediatamente hábil posterior.


Es importante conocer esta información, ya que nos pueden permitir reabrir un procedimiento o impugnarlo, gracias a una mala notificación realizada por el organismo correspondiente. No debemos olvidar que en el ámbito de las notificaciones es importante cumplir con la normativa, ya que nos podemos encontrar ante una posible indefensión del afectado.

1 comentario:

  1. Los de hacienda son unos hijos de puta; a mi me han quitado el dinero de una cuenta sin darme ninguna explicación. Claro que esto le va a salir bastante caro

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